FERIA JUDICIAL DE INVIERNO

FERIA JUDICIAL DE INVIERNO

ACORDADA NRO. 53/2021: en la ciudad de Mar del Plata, al día veinticuatro del mes de junio del año dos mil veintiuno, celebrado el Acuerdo de Superintendencia, los señores Jueces de Cámara que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que, según su Acordada Nro. 10/2021, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dispuesto los términos de la Feria Judicial invernal venidera.
Que cada Alzada debe determinar para sus respectivas jurisdicciones un feriado judicial de diez días hábiles y asimismo coordinar este lapso con las fechas dispuestas para las vacaciones escolares.

Los períodos establecidos por el Consejo Escolar de La Plata referente al calendario escolar.

ACORDARON:

Primero: establecer la Feria Judicial invernal del año dos mil veintiuno por el término de diez (10) días hábiles a partir del día lunes

diecinueve del mes de julio al día treinta del mes de julio del año dos mil veintiuno, ambas fechas inclusive, siendo el horario de atención al público de nueve y treinta horas a trece y treinta horas.

Ver Resolución