EMERGENCIA FUERO LABORAL

EMERGENCIA FUERO LABORAL

Formularon propuestas para la realización de las mismas, en todos los procesos en trámite en lo que aún no hayan sido celebradas:

1°) Que se convoquen dentro del plazo legal vigente y que sean obligatoriamente anticipadas y reagendadas aquellas ya previstas en fechas que exceden dicho lapso.

2°) Que sean videograbadas.

3°) Que puedan realizarse con la presencia de uno de dos jueces o juezas, pudiendo los restantes integrantes del tribunal conectarse por vía remota.

4°) Que no se suspendan por la imposibilidad de alguno de los jueces o juezas de participar de manera presencial o remota y se autorice a las o los ausentes a apreciar la prueba producida mediante la compulsa posterior de la videograbación.

5°) Que donde existan Tribunales que no cuenten con todos sus jueces y juezas, se organicen en forma urgente mecanismos mensuales y anticipados de integración, con coordinación centralizada de las agendas de todos los magistrados y de todas las magistradas del trabajo de dicho Departamento Judicial o de la misma Región.