18 Jun La colegiación de la Pcia. de Bs. As, manifiesta su preocupación ante un fallo que tergiversa la normativa vigente
𝗟𝗮 𝗰𝗼𝗹𝗲𝗴𝗶𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗣𝗰𝗶𝗮. 𝗱𝗲 𝗕𝘀. 𝗔𝘀, 𝗺𝗮𝗻𝗶𝗳𝗶𝗲𝘀𝘁𝗮 𝘀𝘂 𝗽𝗿𝗲𝗼𝗰𝘂𝗽𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗮𝗻𝘁𝗲 𝘂𝗻 𝗳𝗮𝗹𝗹𝗼 𝗾𝘂𝗲 𝘁𝗲𝗿𝗴𝗶𝘃𝗲𝗿𝘀𝗮 𝗹𝗮 𝗻𝗼𝗿𝗺𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮 𝘃𝗶𝗴𝗲𝗻𝘁𝗲
Se trata del pronunciamiento en los autos (LERNER – Expte. Nº 171553 – Sala I Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Depto Judicial MDP), en desmedro de la Mediación Prejudicial Obligatoria y la incumbencia de la abogacía.
La ley 13951 establece que la mediación previa obligatoria es requisito ineludible para el inicio de las causas judiciales, e incumbencia exclusiva de los abogados matriculados que cumplimenten los requisitos de formación básica y continua, examen habilitante del Ministerio de Justicia, y registro único entre otros (arts. 2 y 3).
La ley 13951 es de orden público. Pretender que la norma habilita una opción para la Mediación Voluntaria Institucional, asimilándola a Mediación Previa Obligatoria, donde claramente no lo hace, y utilizar argumentos falaces para dejar de lado la vigencia de la ley, el decreto reglamentario, la incumbencia, y en definitiva la jerarquía constitucional es una acción que no puede ser tolerada institucionalmente.
El conflicto jurídico es para los abogados y la mediación no es la excepción. Es incumbencia de los abogados
El fallo “Lerner” es írrito por ir contra la ley
LOS 20 COLEGIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RECHAZAN POR SER CLARAMENTE CONTRA LEGEM EL PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL REFERIDO
Acceda al fallo 👉 https://bit.ly/3xsGAYK